La semana pasada dejamos para esta ocasión citar a uno de los mexicanos más inteligentes de hace un siglo: Andrés Molina Enríquez ( 1865-1940), autor del libro clásico Los Grandes Problemas Nacionales (1908-1909), vigente en la actualidad como una especie de “radiografía” de nuestro país, relacionando su estructura social, étnica y agraria de aquellos tiempos. Este gran analista publicó el Plan de Tacubaya y el Plan de Texcoco, y ha sido considerado como padre del artículo 27 constitucional. Opinó lo siguiente, respecto a la Constitución del 17:
“El proyecto del Primer Jefe (Venustiano Carranza) parecía hecho expresamente para demostrar la poca voluntad que él mismo tenía de cumplir con los compromisos de la Revolución, expuestos detalladamente en el decreto de 12 de diciembre de 1914: Nada de reformas sociales; nada de propósitos trascendentales... Les fue repartida (sic) a los Diputados el proyecto impreso, con la insinuación, clara y precisa, de aprobarla como estaba... La mayoría de los escogidos eran personas sin preparación intelectual, pero por instinto se unieron con los radicales (obregonistas) decididamente y en contra de Carranza... Tuvo que dividirse el Congreso, desde el primer día, entre revolucionarios y carrancistas, no llegando afortunadamente ni al treinta por ciento los que formaron el grupo alrededor del señor Carranza y agrupándose la mayoría... en torno... del General Alvaro Obregón... Muchos de los intelectuales revolucionarios que faltaban en Querétaro, habían formado días atrás, en la capital... el Partido Liberal Constitucionalista... y mandaban constantemente a Querétaro proyectos y proposiciones... En la mente del señor Carranza... estaba arraigada la idea de que se trataba de discutir un proyecto de reformas a la Constitución de (5 de febrero de) 1857. Pero las cosas en Querétaro no salieron al gusto del dictador (Carranza); desde la primera sesión ordinaria los dirigentes carrancistas comprendieron que no controlaban al Congreso y ya para la discusión del artículo tercero, quisieron que el propio Primer Jefe, con su ostentosa presencia, obligara la votación a favor del artículo proyectado; pero la pasmosa derrota que sufrieron les hizo volver a la realidad...
La derrota despertó al señor Carranza y jamás volvió a tratar de influir en el resultado de una votación, lo que tampoco le importaba, porque... sabía que entre más principios avanzados inscribieran los obregonistas en la parte social, más condescendientes serían para aprobar las exigencias del Primer Jefe en la parte política (fortaleciendo las facultades presidenciales mucho más que las que presentaba la Constitución de 1857), con lo que aseguraba en sus manos una férrea dictadura que muy poco tendría que satisfacer las demandas sociales”.
Por otra parte, el jesuita José Gutiérrez Casillas, en su Historia de la Iglesia en México (Ed. Porrúa, México, 1984, páginas 403-413) expone muy claramente la influencia del Catolicismo Social que presentan casi todas las fracciones del artículo 123 constitucional. De 31 párrafos del artículo mencionado, se muestran los textos católicos emanados desde 1891, cuando León XIII firmó la encíclica Rerum Novarum. Por ejemplo: el artículo 123 dice que “Por cada seis días de trabajo deberá disfrutar el operario de un día de descanso, cuando menos”. E inmediatamente se cita “el descanso dominical y en días festivos” como una de las conclusiones del Primer Congreso Agrícola (Católico), en Morelia, Michoacán, del 4 al 12 de octubre de 1904 (¡13 años antes de la Constitución1917!), y así los demás casos referidos que por brevedad omitimos ahora y que el lector curioso puede constatar en el libro de mi antiguo maestro santo y sabio, digno hijo espiritual de San Ignacio de Loyola.
¡Alabado sea Jesucristo, “rostro visible de Dios invisible”, elevado a rango constitucional divino desde que apareció en la humildad del pesebre en Belén de Judá!
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